Leyes de firma electrónica
¿Es legal la firma electrónica en Nueva York?
Actualizado el September 22, 2026. Información general, no asesoría legal.
Sí, las firmas electrónicas son legales en Nueva York, pero Nueva York es el único estado de EE. UU. que nunca adoptó la UETA (Uniform Electronic Transactions Act, Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas). En su lugar usa su propia ley, la Electronic Signatures and Records Act (ESRA, Ley de Firmas y Registros Electrónicos), que se encuentra en el artículo 3 de la New York State Technology Law, §§301–309. La ESRA cumple la misma función básica que la UETA (hacer que una firma electrónica sea tan válida como una manuscrita), pero es una ley realmente distinta, con su propia lista de exclusiones.
La ley aplicable
New York State Technology Law, artículo 3, §§301–309: la Electronic Signatures and Records Act. Los tribunales de Nueva York han sostenido que el legislador quiso que la ESRA fuera coherente con la Ley ESIGN federal, así que ambas funcionan juntas básicamente igual que la UETA y ESIGN en todos los demás estados; simplemente, la mitad estatal de esa pareja la aporta una ley estatal distinta.
Lo que excluye la ESRA: más que un estado típico con la UETA
Según el §307 de la ESRA, Nueva York excluye de la firma electrónica:
- Cualquier documento que disponga de los bienes o de la persona de alguien en caso de fallecimiento o incapacidad, o que designe a un fiduciario. Esto es más amplio que la exclusión de "testamentos y fideicomisos testamentarios" que usan la mayoría de los estados con la UETA. Se entiende que abarca testamentos, fideicomisos, poderes notariales y poderes para decisiones de atención médica, no solo un testamento en concreto.
- Instrumentos negociables y documentos de título en los que la posesión física del documento en papel es lo que confiere el título o los derechos legales, con excepciones muy acotadas para cosas como designaciones de beneficiarios, documentos de donación anatómica, documentos funerarios y de cementerio, y ciertos poderes relacionados con títulos de vehículos.
Un cambio al §307 entra en vigor el 12 de diciembre de 2027 y añade una excepción específica para permitir testamentos electrónicos otorgados conforme al artículo 3, parte 6, de la Estates, Powers and Trusts Law (EPTL). Es decir, la exclusión general de Nueva York para documentos de tipo testamentario se reducirá específicamente para los testamentos electrónicos a partir de esa fecha. Si lees esto después de esa fecha, confirma si esa disposición ya entró en vigor y qué permite exactamente.
Qué significa en la práctica
Para la inmensa mayoría de las transacciones en Nueva York (acuerdos de servicios, propuestas, acuerdos de confidencialidad (NDA), contratos de arrendamiento, la mayoría de los contratos comerciales), la ESRA considera plenamente vinculante una firma electrónica bien otorgada, el mismo resultado práctico que produce la UETA en todos los demás estados. La diferencia importa sobre todo en los extremos: los documentos de planificación patrimonial y de designación de fiduciarios, y todo lo que involucre un instrumento negociable o un documento de título, necesitan otro proceso en Nueva York precisamente porque la exclusión de la ESRA es más amplia que la exclusión equivalente de la UETA que usan la mayoría de los demás estados.
Información general, no asesoría legal para tu situación específica. El texto exacto de la ESRA y cualquier reforma (incluido el cambio de diciembre de 2027 mencionado arriba) deben confirmarse en la State Technology Law oficial de Nueva York antes de basarte en esto para algo importante; para una transacción concreta, la fuente adecuada es un abogado con licencia en Nueva York.